Pensionados bajo la Ley 73 del IMSS así podrán recuperar sus recursos Infonavit
Te presento una guía paso a paso para que si eres pensionado puedas recuperar tu ahorro de la Subcuenta de Vivienda
Si eres de los millones de mexicanos que se pensionaron bajo el régimen de la Ley 73 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) hay una excelente noticia para tu bolsillo: tienes el derecho de recuperar la totalidad de los recursos acumulados en tu Subcuenta de Vivienda. Este dinero, que se ahorró durante toda tu vida laboral y que no utilizaste para un crédito hipotecario, puede ser devuelto en una sola exhibición directamente a tu cuenta bancaria.
Aquí te explico los requisitos, los fondos que puedes reclamar y el proceso oficial para obtener este "dinero extra" que te pertenece.
¿Qué recursos se pueden recuperar?
De acuerdo con el Infonavit, los pensionados bajo la Ley 73 (aquellos que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997) pueden solicitar la devolución de tres fondos específicos:
- Fondo de Ahorro 1972-1992: Aportaciones acumuladas en este periodo.
- Subcuenta de Vivienda 1992: Recursos ahorrados entre mayo de 1992 y junio de 1997.
- Subcuenta de Vivienda 1997: Aportaciones realizadas desde julio de 1997 hasta tu última cotización.
A diferencia del régimen de la Ley 97, donde el dinero se suma a la pensión mensual, en la Ley 73 el Infonavit entrega estos recursos en un solo pago, incluyendo los rendimientos generados.
Requisitos fundamentales para el trámite
Para iniciar la solicitud, es indispensable cumplir con los siguientes puntos marcados por las fuentes oficiales:
- Resolución de Pensión: Contar con el documento oficial emitido por el IMSS (ya sea por vejez, cesantía en edad avanzada, invalidez o incapacidad).
- No tener un crédito vigente: No debes tener adeudos activos con el Infonavit.
- Identificación oficial: INE o pasaporte vigente.
- e.firma (Firma Electrónica): Debe estar vigente y emitida por el SAT (indispensable para trámites en línea).
- Cuenta Bancaria: Una CLABE interbancaria a tu nombre que acepte depósitos por el monto a devolver.
- Estar registrado en una Afore: Tus datos (CURP, RFC y NSS) deben coincidir en todos los sistemas.
¿Cómo realizar el trámite?
El proceso es gratuito y no requiere de intermediarios ni "coyotes". Puedes hacerlo de dos formas:
Trámite en línea (Más rápido)
- Ingresa al portal [enlace sospechoso eliminado].
- Dirígete a la sección "Mi Ahorro" y selecciona "Retiro de mi ahorro".
- Elige la opción de devolución correspondiente a tu régimen (Ley 73).
- Carga tu e.firma y proporciona tu CLABE interbancaria.
Una vez aprobado, el depósito suele verse reflejado en un plazo de 5 a 10 días hábiles.
Trámite presencial
Si prefieres atención personalizada, debes agendar una cita a través de Infonatel (800 008 3900) o desde el portal web para acudir a un Centro de Servicio Infonavit (CESI) o un CAPDE (Centro de Atención a Pensionados y Devoluciones).
¿Qué pasa si el pensionado ya falleció?
Los beneficiarios legales (viudas, viudos o hijos) también pueden reclamar estos recursos. Para ello, deben contar con la resolución de pensión de beneficiario emitida por el IMSS o un laudo judicial que los reconozca como tales.
Revisa periódicamente tu estado de cuenta de la Afore. Ahí aparece el saldo de tu Subcuenta de Vivienda. Si notas alguna inconsistencia en tu nombre o RFC, corrígela antes de iniciar el trámite para evitar retrasos en el pago.